Según el comunicado policial se incoporaron las actuaciones de la que se arribó a la sentencia la cual se ha dado cumplimiento desde el jueves con 20 días de clausura y $ 10.000 de multa dictada por la Camara de Apelaciones y Garantias en lo Penal Sala II. Fdo. Guillermo Emir Rodríguez Alfredo Mones Ruiz. Hugo Angel Cavallaro.
En el mismo comunicado se cita la ley 11748 del congreso provincial en la cual se indica que se prohibe "en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires, la venta, expendio o suministro a cualquier título a menores de dieciocho (18) años de edad, de bebidas alcohólicas de cualquier tipo y graduación, en cualquier hora del día, aún cuando lo vendido, expendido o suministrado estuviere destinado a ser consumido o ingerido fuera del local, así como también la instalación de máquinas expendedoras de bebidas alcohólicas de cualquier tipo o graduación , en lugares, locales, comercios o establecimientos donde dichos menores tengan acceso irrestricto. La prohibición precedente comprende el consumo de bebidas alcohólicas por parte de menores de dieciocho (18) años de edad en cualquier local, comercio o establecimiento, aún cuando ellas no procedieren de venta, expendio o suministro efectuado en los mismo".
Tambien en el art. 3º LEY 12.588 se indica que "los establecimientos o locales incluidos en el artículo 2º de la presente, deberán organizar su actividad de manera tal, que no se produzca concurrencia simultánea entre menores mayores de catorce (14) años y mayores de dieciocho (18) años de edad".
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