Asimismo el condenado deberá cumplir con reglas de conducta durante un plazo de tres años.
Al antes nombrado se le imputó que el día 24 de septiembre de 2009, siendo aproximadamente las 2.30 horas, previo acceder al interior de un automóvil marca Fiat Duna, dominio AIW 849 que se encontraba estacionado sobre la calle Sargento Cabral nº 26 de Adolfo Gonzales Chaves, se apoderó ilegítimamente de un estéreo marca Sony y de una campera, no logrando su cometido por razones ajenas a su voluntad al arribar al lugar un móvil policial que concurría alertado por la comisión de dicho delito.
Luego de haber tramitado la causa por ante la Fiscalía de Instrucción actuante, se la elevó a juicio acordando tanto la Fscalía como la defensa en la aplicación del procedimiento especial de juicio abreviado, proponiendo el órgano de acusación la calificación del hecho y cuantía de la pena a aplicar.
Además se aclara que en tal sentido se consideró como atenuante la falta de antecedentes penales computables respecto del imputado.
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