Tras no dar cumplimiento al árticulo 78 de la ley 8.031 (Será sancionado con multa entre el 20% y el 60% del haber mensual del Agente de Seguridad Agrupamiento Comando de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, el que no observe una disposición legalmente tomada por la autoridad por razones de justicia, de seguridad pública o de higiene, si el hecho no constituyera una infracción más grave); el infractor debió cumplimentar la pena de 20 horas de arresto en la comisaria local, tal cual lo dispuso el juez de Paz interino, Sergio J. Aguillon.
©2010 http://www.michaves.com.ar
No hay comentarios:
Publicar un comentario